La posibilidad de utilizar una declaración complementaria a nuestra declaración tributaria de algún ejercicio nos da la posibilidad de subsanar algún error que, de nos ser corregido y compensado, puede acarrearnos serios problemas legales y sancionadores.
En Tecnoasesores siempre estudiamos concienzudamente los casos en los que nuestros clientes puedan acogerse a este formato adicional con el fin de evitar problemas con la Agencia Tributaria y permitir determinadas correcciones siempre en tiempo y forma.
Hoy vamos a proceder a intentar aclarar en términos generales a qué nos referimos cuando trabajamos con un cliente la opción de la declaración complementaria y en qué casos es necesaria.
La opción de la declaración complementaria como vía para subsanar errores a tiempo.
Esta opción consiste en la posibilidad de tramitar una nueva declaración tributaria que vendría a corregir la declaración de la renta que normalmente se realiza de forma anual con la intención de modificar datos y/o cálculos y cantidades erróneas u omitidas y fruto de la cual se generará un resultado diferente que nos llevará bien a pagar más o a recibir una devolución económica inferior a la inicialmente calculada.
La presentación de esta puede ser por iniciativa propia cuando de detecte la necesidad de formular esa modificación, o a requerimiento de la Administración.
Si la corrección se efectúa dentro del plazo de la declaración anual aún habiendo presentado una ya, esta segunda no generará coste ninguno.
Si por contra se presenta de forma voluntaria pero fuera de plazo, la tabla de recargos será la siguiente:
- En los tres primeros meses: un 5% de recargo.
- En los 6 primeros meses: un 10% de recargo.
- En los 12 primeros meses: un 15% de recargo.
Pasados los 12 meses se aplicará un 20% de recargo más los intereses de demora.
De una forma u otra, siempre es preferible hacerlo antes de que la Administración nos requiera, pues los efectos legales son mucho mayores, costosos e importantes.
Habitualmente estas correcciones hacen referencia a los abonos tanto del IVA como del IRPF. En ocasiones están motivadas por un error y otras por circunstancias sobrevenidas como resultado de alguna sentencia o atraso en el pago de una nómina.
En Tecnoasesores trabajamos para que las declaraciones de renta de nuestros clientes sean ajustadas y correctas pero, en caso de precisarlo, puedan acogerse a la declaración complementaria de la forma más oportuna y beneficiosa para ellos.