Si acabas de terminar una relación laboral con una empresa y estás pensando en empezar tu andadura como autónomo tienes que saber que es posible compatibilizar la prestación por desempleo con tu trabajo por cuenta propia. ¡Te lo contamos!
Requisitos para cobrar el paro y estar dado de alta como autónomo
Con la ley actual cualquier persona que haya terminado la relación laboral con una empresa en la que estaba contratado (sin importar la edad), puede compatibilizar la actividad como autónomo con la prestación por desempleo hasta un máximo de 9 meses, o lo que corresponda según el tiempo cotizado.
Para solicitarlo deberás cumplir con estos requisitos:
- Solicitar la prestación durante los primeros 15 días desde el momento en que te registras como autónomo, al darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- No haber capitalizado el paro (es decir, haber recibido íntegramente la prestación) ni ningún otro tipo de ayuda durante los 2 años anteriores.
- Si tu trabajo anterior también fue por cuenta propia, no podrás solicitar la ayuda.
- No podrás trabajar como autónomo para la última empresa en la que estuviste contratado por cuenta ajena.
Si antes de que pasen los 9 meses decides paralizar la prestación, podrás reanudarla en el momento que desees, cobrando el paro que te quede acumulado, sin necesidad de volver a estar contratado por cuenta ajena. Siempre y cuando el tiempo que estés dado de alta como autónomo no sea superior a 60 meses. En ese caso, el derecho a cobrar la prestación restante se extinguirá.
Además, si en algún momento durante este periodo vuelves a trabajar por cuenta ajena, dejarás de recibir la prestación.
¿Tienes dudas? En Tecnoasesores te ayudaremos a solicitar tu prestación por desempleo.. ¡Llámanos!